Mes: mayo 2020

SRI extiende suspensión de plazos y términos

Con fecha 29 de mayo de 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la resolución No. Nro. NAC-DGERCGC20-00000038, en la cual se amplía la suspensión de los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, hasta el 15 de junio de 2020, inclusive.

Fuente: Para ver la resolución completa, acceda al siguiente link

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/dae7661e-bf34-409e-9944-b3669cf7aaf5/NAC-DGERCGC20-00000038.pdf

SRI publica normas para aplicación del Decreto 1030

Con fecha 28 de mayo de 2020, el SRI publicó la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000036, a través de la cual emite las normas para la aplicación del Decreto Ejecutivo No. 1030, el cual dispuso extender el diferimiento para el pago de impuesto a la renta del ejercicio económico 2019 y de IVA a pagarse en los meses de abril, mayo y junio de 2020, a pequeñas o medianas empresas de cualquier actividad económica.

En esta resolución se informa que podrán acogerse al beneficio del diferimiento del pago de impuesto a la renta y de IVA antes señalados, las micro, pequeñas y medianas empresas, sea cual fuere su actividad económica, que hayan tenido ingresos brutos de hasta USD 5.000.000 en el 2019, conforme la categorización establecida en el COPCI. También indica que podrán acogerse a este beneficio aquellos sujetos pasivos que en el 2019 hayan obtenido ingresos brutos superiores a los USD 5.000.000, pero que cumplan con alguna de las condiciones establecidas en el Decreto 1021, en concordancia con el Decreto 1030.

Importante destacar que no pueden acogerse a este beneficio las empresas que durante la declaratoria de excepción hayan despedido a sus trabajadores.

La resolución además incluye un nuevo calendario de pago para la declaración del impuesto a la renta del 2019, conforme las siguientes fechas:

Y para el pago de IVA de marzo y abril de 2020, en las siguientes fechas:

 

Adicionalmente se establecen nuevas fechas de pago del impuesto a la propiedad de vehículos, cuyo vencimiento correspondía a los meses de marzo y abril, así como la para la presentación de Anexo Movimiento Internacional de Divisas MID, conforme la capacidad del anexo, y del Anexo ROTEF.

Fuente: Para ver la resolución completa, acceda al siguiente link

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/84c824e4-bcd4-4f78-ba4c-4a1b237c765b/NAC-DGERCGC20-00000036.pdf

SRI publica listado de productores de ingredientes nacionales

Dentro de la sección «Impuesto a los Consumos Especiales» de la página web del Servicio de Rentas Internas, se encuentra publicado el listado de personas naturales y sociedades que han sido calificadas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, como productores nacionales de materia prima o insumos para la elaboración de bienes.

Este listado cumple con el requisito establecido en la Resolución No. 021 del SRI, en la que se señala que los productores de bebidas alcohólicas que accedan al beneficio de la exoneración y rebaja del impuesto a los consumos especiales – ICE-, deberán producir estos bienes con al menos el 70% de ingredientes nacionales y para ello los productores de estos ingredientes deberán estar inscritos y calificados por el ente competente; el listado publicado cumple con esta disposición.

Para revisar este listado y otra información del ICE, dar click en el siguiente enlace:

https://www.sri.gob.ec/web/guest/impuesto-consumos-especiales

SRI extiende suspensión de plazos y términos de procesos administrativo

Con fecha 22 de mayo de 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la resolución No. Nro. NAC-DGERCGC20-00000035, en la cual se amplía la suspensión de los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, hasta el 31 de mayo de 2020, inclusive.

Para ver la resolución completa, acceda al siguiente link:

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/b54821fe-b2ac-42b8-a466-16e1e834a2dd/NAC-DGERCGC20-00000035.pdf

 

Normas para el pago del ICE a las fundas plásticas

El 6 de mayo de 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000033, que establece las normas que rigen para la declaración y pago del impuesto a los consumos especiales ICE aplicado a las fundas plásticas.

Este impuesto cuyo valor para el 2020 es de USD 0,04 más IVA por funda plástica, empieza a regir desde el próximo sábado 9 de mayo, fecha en la cual se cumple el plazo de 90 días establecido en la Ley de Simplificación Tributaria, para su cumplimiento.

Están obligados al cobro de este impuesto, todas las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad que comercialicen productos al por mayor y menor.

Las bolsas o fundas plásticas que gravan este impuesto son las tipo camiseta o de acarreo con o sin asa, cuyo material sea resina de polipropileno de alta y baja densidad o polietileno de baja densidad, y que se entreguen al adquiriente o consumidor para cargar o llevar su mercadería.

Están exoneradas del pago del ICE aquellas fundas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de exportación, para productos congelados y aquellas que contengan como mínimo la adición del cincuenta por ciento (50%) de materia prima reciclada post consumo según la definición emitida por el ente rector respectivo y siempre que cuenten con la certificación del organismo público competente; y, las fundas plásticas utilizadas como empaques primarios.

También tendrán una rebaja del 50% de la tarifa del ICE, las fundas plásticas biodegradables y compostables que cuenten con la certificación del organismo público competente

Fuente: Para ver la resolución completa, acceda al siguiente link

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/260361cb-fb78-4230-b8fc-3b0e776336b3/NAC-DGERCGC20-00000033.pdf

SRI amplía plazos para presentación de anexos

Con fecha 6 de mayo de 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000032, a través de la cual extiende el plazo de presentación de anexos de información, de conformidad con los siguientes calendarios:

Es importante señalar que cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.

 

Fuente: Para ver la resolución completa, acceda al siguiente link

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/def22a1a-84b2-4172-b3af-ef5a58bce276/NAC-DGERCGC20-00000032.pdf

A partir del 9 de mayo se inicia el cobro del ICE por las fundas plásticas

Conforme se estableció en la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, a partir del 2020 rige el impuesto a los consumos especiales -ICE- a las fundas plásticas, que el consumidor adquiera en algún establecimiento de comercio, para cargar o llevar los productos vendidos.

Durante el 2020, este impuesto tiene un valor de USD 0,04 por funda plástica.

Para ello, conforme se indicó en la disposición transitoria sexta, se dispuso un plazo de 90 días contados a partir de la vigencia de la mencionada Ley, para que este impuesto sea cobrado. Dicho plazo vence el día 8 de mayo.

 Por lo cual, a partir del próximo sábado 9 de mayo, las empresas deberán proceder al cobro de este impuesto para su respectiva declaración y pago en el mes de junio.

Es importante señalar que están exentas del pago de este impuesto las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de exportación, para productos congelados y aquellas que contengan como mínimo la adición del cincuenta por ciento (50%) de materia prima reciclada, siempre que cuenten con la certificación del organismo público competente; y, las fundas plásticas utilizadas como empaques primarios.

Fuente: Para ver la reforma completa, acceda al siguiente link:

https://www.registroficial.gob.ec/index.php/registro-oficial-web/publicaciones/suplementos/item/download/11560_9a9de09e3f60f60e83f1a1f01437c7e8

Decreto Ejecutivo 1030 amplia beneficiarios

Con fecha 4 de mayo de 2020, se emitió el Decreto Ejecutivo No. 1030 a través del cual, se dispone extender el beneficio del Decreto 1021 para pequeñas o medianas empresas de cualquier actividad económica, en el diferimiento para el pago de renta del 2019, e IVA a pagarse en los meses de abril, mayo y junio de 2020. Los pagos se realizarán en 6 cuotas sin intereses.

Cabe indicar que las empresas consideradas como pequeñas o medianas deben cumplir estas condiciones:

Este beneficio no será aplicable a aquellos contribuyentes que tengan como actividad económica general la de «Actividades financieras y de seguros»

 Además, se establece ampliación de pago para cuotas del Régimen Impositivo Simplificado RISE, de acuerdo al siguiente calendario:

Y para el pago del impuesto anual sobre la propiedad de vehículos motorizados cuyos vencimientos correspondan a los meses de marzo y abril, de acuerdo al siguiente calendario:

Los diferimientos en los pagos de impuestos establecidos en los decretos ejecutivos 1021 y 1030 no serán aplicables para aquellos contribuyentes que, dentro del periodo de declaratoria de excepción, despidan intempestivamente a sus trabajadores.

Fuente: Para ver el Decreto ejecutivo completo, acceda al siguiente link:

Decreto_Ejecutivo_No._1030

Banco Central del Ecuador emite procedimiento para emisión de firma electrónica

A través de su página web, el Banco Central del Ecuador anuncia la emisión de firmas electrónicas de manera remota y a bajo costo.

Para obtenerla es necesario realizar los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página web www.bce.ec
  2. Escoger la opción «Firma electrónica»
  3. Ubicar «Solicitud de certificado»
  4. Escoger: tipo de contenedor, ciudad, oficina/entidad

Para las personas naturales y jurídicas que requieran la firma electrónica en contenedor «token» se les informa que su emisión se lo realizará a través de las oficinas del Registro Civil, para ello en el menú deberá escoger la ciudad más cercana y la oficina respectiva. Una vez aprobada la solicitud se coordinará el pago, el lugar, día y hora de atención.

 

Para mayor información respecto a los trámites indicados los puede revisar en los siguientes links:

https://www.eci.bce.ec/solicitud-de-certificado-requisitos

https://www.eci.bce.ec/preguntas-frecuentes

Ley humanitaria propone contribución

El 27 de abril de 2020 la Comisión Especializada de Régimen Económico y Tributario, emitió el informe para Primer Debate del “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE APOYO HUMANITARIO PARA COMBATIR LA CRISIS SANITARIA DERIVADA DEL COVID 19” en la cual incorporó una nueva contribución, adicional a las enviadas por el Ejecutivo.

Esta propuesta de contribución establece el pago del 2% del avalúo catastral del año 2020, sobre todos los bienes inmuebles existentes en el Ecuador; y, sobre el valor patrimonial proporcional de los derechos de propiedad de capital de sociedades residentes en el Ecuador, en la parte que pertenezcan de manera directa a una sociedad residente en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición o no se conozca su residencia.

Como se señala esta contribución está dirigida únicamente a aquellas sociedades que, teniendo su residencia en Ecuador, sean sucursales extranjeras, o parte de sus acciones pertenezcan a empresas que tengan su domicilio en países considerados como paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, o de las que se desconozca su domicilio.

Para conocer el listado de países considerados como paraísos fiscales, revisar el siguiente link:

https://www.sri.gob.ec/web/guest/fiscalidad-internacional2#para%C3%ADsos