Mes: febrero 2022

Anexo de Gastos Personales

Anexo de Gastos Personales

:: Febrero 2022 ::

Presentación del Anexo de Gastos Personales 2021

 

Actualmente pasamos por momentos confusos debido a los cambios importantes que surgieron a partir de la publicación de la “Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal”. Estamos muy concentrados en los cambios de la nueva Ley; sin embargo, no debemos olvidar nuestras obligaciones de este año, entre ellas, la presentación del Anexo de Gastos Personales que se realiza en febrero.

El equipo de GBC resumió lo más importante que debes conocer sobre este tema:

¿Quiénes presentan el anexo?

Las personas naturales que trabajan en relación de dependencia, que en el año 2021 ganaron más de USD 11.212,00, y que además superaron en sus gastos personales el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta, es decir USD 5.606,00; presentarán el Anexo de Gastos Personales.

¿Cuándo presentar el anexo?

La fecha de presentación se rige según el siguiente calendario.

 

 

Noveno dígito del RUC o cédula Fecha máxima de entrega
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 16 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 22 de febrero
8 24 de febrero
9 y 0 2 de marzo
¿Para qué sirve el anexo?

Con el anexo justificamos los gastos realizados en el año 2021 y se aplica la deducción de estos en la declaración del Impuesto a la Renta. La deducción será por un máximo de USD 14.575,60* para el territorio continental y USD 26.280,93 para Galápagos.

Los gastos se refieren a: compras y pagos efectuados por conceptos de: vivienda, salud, alimentación, educación, arte y cultura, vestimenta y turismo, con un rubro máximo de USD 3.643,90, y en salud se utilizará el tope máximo de gastos, USD 14.575,60 o USD 22.424,00 por concepto de enfermedades raras, catastróficas o huérfanas.

¡Importante!

Estos gastos no incluyen el IVA e ICE, pero incluyen los gastos efectuados por el cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.

¿Dónde presentar el anexo?

La presentación es digital, a través de la web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gob.ec en la sección «Servicios en línea», opción «Anexo de Gastos personales en línea». Deberás usuario y clave para acceder.

Aquí tienes una guía para llenar tu anexo: https://www.sri.gob.ec/nl/web/intersri/formularios-e-instructivos1


*Para el año 2021, la fracción básica desgravada fue de USD 11.212,00, con lo cual, el total de gastos que deducibles del pago del Impuesto a la Renta será de USD 14.575,60 (1,3 veces) para el territorio continental y USD 26.280,93 para Galápagos, sin que supere el 50% de los ingresos gravados.


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impuesto a la renta 2022

Impuesto a la Renta 2022 :: Unos pagan y otros PAGAMOS

Impuesto a la Renta 2022

Unos pagan y otros PAGAMOS

 

Con la entrada en vigencia de la “Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal” publicada el 29 de noviembre de 2021, se introdujeron importantes modificaciones en el sistema impositivo del Ecuador. Dentro de los principales cambios constan los realizados sobre el “Impuesto a la Renta”, mismo que se liquida anualmente. Su aplicación inició el 01 de enero del 2022. y, en este contexto, un tema que ha despertado un especial interés en la colectividad, es conocer cómo se utilizarán los “GASTOS PERSONALES”.

Para analizar los cambios, es prudente comparar los cálculos que se hacían en el 2021 y los que se harán a partir del 2022 con el siguiente ejemplo:

Caso

Una persona natural en relación de dependencia que tiene ingresos mensuales de USD 2.000,00 deduce como gasto su aporte personal que, en este caso, alcanza los USD 189,00 mensuales.

Si anualizamos los valores obtenemos:

Ingreso anual USD 24.000,00
Aporte personal (-)   USD   2.268,00
Ingreso neto anual (=) USD 21.732,00
Cálculo en 2021

Al resultado anterior se resta el valor de los GASTOS PERSONALES que pueden alcanzar un máximo del 50% del total del ingreso y hasta el 1,3% de la fracción básica desgravada, es decir (USD 14.575,60), teniendo como resultado:

Ingreso anual USD 21.732,00
Gastos personales (-) USD 12.000,00
(Aplica el 50% del ingreso total)
Base imponible (=) USD 9.732,00

En este caso, para una persona natural en relación de dependencia que tenga un ingreso nominal de USD 2.000 mensual, y que ha utilizado el máximo permitido de gastos personales en el 2021, el Impuesto a la Renta calculado (que se declarará en marzo de 2022 según el noveno dígito de la cédula) es de USD 0,00.

Cálculo en 2022

Es imperativo indicar que los “GASTOS PERSONALES” no se deducen directamente del “INGRESO NETO”, sino que su aplicación corresponde a una rebaja que aplica sobre el IMPUESTO calculado.

En este caso, el ingreso neto anual asciende a USD 21.732,00:

Ingreso anual USD 24.000,00
Aporte personal (-) USD 2.268,00
Ingreso neto anual (=) USD 21.732,00

 Calculamos el Impuesto a la Renta para el “ingreso neto anual”, para lo cual, identificamos en la tabla 2022, la fila en la que se ubica el valor de USD 21.732,00:

 

Tabla de Impuesto a la Renta para el año 2022

Fracción Básica Exceso hasta Impuesto Fracción
Básica
% Impuesto Fracción
Excedente
0 11.310,00 0 0%
11.310,01 14.410,00 0 5%
14.410,01 18.010,00 155 10%
18.010,01 21.630,00 515 12%
21.630,01 31.630,00 949 15%
31.630,01 41.630,00 2.449 20%
41.630,01 51.630,00 4.449 25%
51.630,01 61.630,00 6.949 30%
61.630,01 100.000,00 9.949 35%
100.000,01 en adelante 23379 37%

 

Al estar en el rango de ingresos de USD 21.630,01, se toma el “Impuesto a la fracción básica” de USD 949,00 y sobre el “Excedente” se aplica el 15%, obteniendo así el valor correspondiente al Impuesto a la Renta.

 

Impuesto a la Renta FB USD 949,00
Excedente
(21.732,00 – 21.630,01)
USD 101,99
Impuesto al excedente
(101,99 x 15%)
 (+) USD 15,30
Impuesto a la Renta
(949 + 15,30)
USD 964,30

 

Es decir, al excedente se aplica el 15% y luego se suma con el valor del impuesto (Fracción Básica USD 949,00), dando como resultado un valor del Impuesto a la Renta de USD 964,30.

Al impuesto causado de USD 964,30, se aplica la rebaja por concepto de “GASTOS PERSONALES”, que según lo establece la normativa, será de un 10% o 20% del total de estos gastos.

Algo importante de tomar en cuenta es que el total de los “GASTOS PERSONALES” no excederá las siete (7) canastas básicas, (considerar el valor determinado en diciembre del año en el que se presentará la declaración de Impuesto a la Renta). El valor de la canasta básica a diciembre de 2021, asciende a USD 719,65. Si tomamos como referencia este último dato, el máximo anual de “GASTOS”, no excederá los USD 5.037,55 y de este monto tomamos el 10% o 20% para descontar al impuesto.

La condición para aplicar el 10% o 20% depende de los ingresos brutos de la persona. Si superan los USD 24.090,30 (2,13% de la Fracción Básica) aplica una rebaja del 10% sobre el monto de GASTOS PERSONALES, mientras que, si está por debajo de los USD 24.090,30 aplica el 20%. Aquí vale aclarar, ¿a qué nos referimos cuando hablamos de ingresos brutos?

Ingresos Brutos = Ingreso gravados (sueldo nominal, horas extras, horas suplementarias, utilidades) + Ingresos exentos(décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva).

Continuando con nuestro ejemplo.

 

Sueldo nominal USD 24.000,00
Décimo tercero (+) USD 2.000,00
Décimo cuarto (+)    USD 425,00
Total ingresos brutos USD 26.425,00

 

Para este caso la rebaja corresponde al 10% del monto de “GASTOS PERSONALES”. El resultado del impuesto entonces se liquida:

 

Impuesto a la Renta USD  964,30
Rebaja gastos personales (-)   USD 503,76
Total impuesto a pagar USD 460,54

 

Ejecutando este cálculo, el empleador procederá con la retención del Impuesto a la Renta de los empleados, dividiendo el valor de USD 460,54 para los 12 meses del año.

Definitivamente, la liquidación y cálculo del Impuesto a la Renta para personas naturales (empleados en relación de dependencia) en el año 2022 cambia de manera sustancial y los empleados percibirán el efecto de esta aplicación cuando reciban su sueldo a finales de enero y verifiquen el descuento por la retención de Impuesto a la Renta.

Estas modificaciones en primera instancia capturan a un grupo de personas naturales que anteriormente no causaban Impuesto a la Renta y, en un segundo momento, incrementan la contribución de quienes ya lo venían pagando, siendo notorio si lo comparamos de la siguiente forma:

 

 

Incremento del impuesto a la renta 2022
Incremento del Impuesto a la Renta para el 2022

Finalmente, no existen ganadores con este cambio, ya que el incremento del impuesto es en casi TODOS los niveles de sueldos (excepto en los dos primeros rangos USD 1.000,00 y USD 1.500,00) y es exponencial para el grupo de personas naturales que anteriormente no causaban renta, o su contribución era menor (rangos de ingresos de USD 2.000,00 a USD 3.500,00). El Estado por otra parte obtendrá recursos adicionales, que esperamos sean utilizados eficientemente en la ejecución de planes y proyectos para el bienestar común.

Ec. Marco Peñaloza


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