Ley de economía familiar fue aprobada

Mediante el Decreto, No. 742, del 17 de mayo de 2023, el presidente Guillermo Lasso, suscribió la reforma tributaria, denominada Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, la aprobación de esta ley estaba a cargo de la Corte Constitucional y la mañana del viernes 16 de junio de 2023 fue aprobada.

¿Qué cambios trae esta ley?

1. Impuesto a la renta de personas naturales

A partir de este año cambia el Impuesto a la Renta de personas naturalesquienes gozarán de una rebaja en el impuesto por los gastos personales:

Esta rebaja dependerá del gasto deducible máximo según el número de cargas familiares, de esta forma:

Cargas Rebaja máxima
0963,53
11.238,83
21.514,13
31.927,07
42.340,01
5 o más2.752,96

Los gastos personales corresponden a: vestimenta, educación, alimentación, salud, vivienda, turismo, arte y cultura.

Importante: Se considerarán como cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad.

2. Salud de mascotas

Se reconocerán los gastos incurridos por salud de las mascotas a cargo del sujeto pasivo.

3. Gastos por enfermedades catastróficas

Las personas naturales con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, tendrán derecho al máximo de la rebaja por gastos personales, esto es USD 2.752,96; sin importar el número de personas que integren el hogar.

4. Reforma al régimen rimpe

Se aplicará una nueva tabla progresiva para el pago de impuesto a la renta en función de los ingresos percibidos por los “Negocios populares” (Hasta USD 20.000 de ingresos al año) de esta forma:

Desde Hasta Impuesto
02.500,00
2.500,005.000,005,00
5.000,0010.000,0015,00
10.000,0015.000,0035,00
15.000,0020.000,0060,00

Así, el negocio que tenga ingresos menores a USD 2.500 anuales no pagaría Impuesto a la Renta; la cuota del impuesto será fija entre 5 y 60 dólares conforme al aumento de las ventas anuales.

  • De manera explícita se excluye del RIMPE a : comisionistas, artesanos y a aquellos que se dediquen a a producción, importación y/o primera etapa de comercialización de bienes o la prestación de servicios gravados con ICE
  • Se incluye en el RIMPE a los taxistas y se eliminará su obligatoriedad de facturar electrónicamente.
  • Tendrán tarifa 0% de IVA las operaciones realizadas por los negocios populares.
  • Los negocios populares podrán emitir notas de venta o facturas electrónicas a su elección.
  • Cambia la fecha de declaración de impuesto a la renta de marzo a junio.

5. Impuesto a los operadores de pronósticos deportivos

Vigencia: a partir del 2024.

Se crea el impuesto a la renta único del 15% sobre los ingresos que reciben los operadores de pronósticos deportivos desarrollados en vivo, a través de internet o cualquier otro medio.

Para establecer la base imponible sobre la que se calcula el impuesto, se tomará el total de los ingresos generados (incluyendo comisiones), menos el total de los premios pagados en ese mismo periodo.

Si la empresa no es residente en el Ecuador se cobrará al usuario cuando realice el pago.

A los ganadores también se aplicará una retención del 15% sobre el valor de los premios que reciban.

La declaración y pago de este impuesto será mensual.

6. IVA a los espectáculos públicos

A partir del siguiente mes de publicada la Ley en el registro oficial, se gravará con una tarifa del 12% de IVA a los espectáculos públicos, actualmente se encuentran gravados con una tarifa del 0%.

Se mantiene el 0% de IVA para los servicios artísticos y culturales.


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