Mes: agosto 2022

Las famosísimas "S.A.S."

Las famosísimas «S.A.S.»

LAS FAMOSÍSIMAS “S.A.S.”

En el año 2020 se instauraron un nuevo tipo de compañías que aseguraban facilidades en su creación y manejo para los emprendedores que deseaban avanzar en su camino de formalización, aún en medio de la crisis sanitaria por el COVID 19, generaron expectativas positivas para los emprendedores, sin embargo en el 2021 se evidenció un repunte es su uso y aplicación. Las famosísimas «S.A.S.» Sociedades por Acciones Simplifiacadas, sin duda presentan varias facilidades, pero antes de empezar a comentar sus particularidades, resulta imperioso analizar que beneficios implícitos tienen las personas emprendedoras en constituir cualquier tipo de compañía:

VENTAJAS:

Desde luego a criterio personal, lo mas relevante de pasar de persona a empresa radica en protección y seguridad que se impondría al patrimonio del accionista, es decir en un escenario de que existan problemas financieros (deudas) en la empresa, la responsabilidad es de la persona jurídica, y los accionistas responden única y exclusivamente por el capital social aportado. Para el caso de una persona, las acciones de cobro de los acreedores podrían afectar todo el patrimonio de la misma.

Otro de los aspectos importantes es que, ciertamente ser una empresa genera credibilidad y confianza en el mercado, es decir los futuros clientes pueden sentir que una empresa les brinda garantías en los productos o servicios que se contraten.

El ser una empresa implica un grado de formalización y registro de las operaciones tanto de ventas, compras, crédito, deudas, (contabilidad) etc., que muestran seriedad a las instituciones financieras y que pueden facilitar el acceso y la disponibilidad al crédito.

Por el lado de los impuestos también se encuentran ventajas relevantes. Una persona natural puede llegar a tributar el 37% de impuesto a la renta de sus utilidades, mientras que la tarifa para las empresas llega al 25%, si esta empresa reinvierte sus utilidades o posterga el reparto de dividendos para futuras capitalizaciones, resulta interesante en términos de ahorro y liquidez.

Las empresas generan equilibrio en sus operaciones y en la toma de decisiones, cuando existen partícipes (socios), protegiendo decisiones personales que pueden ser producto de la intuición y pasiones, y no de los que la formalización de los números (contabilidad).

También, podemos mencionar que existe facilidad para transferir el patrimonio de la empresa a interesados, a partir de la enajenación de acciones que es un tema trasparente y cuantificable con facilidad.

Finalmente los procesos de contratación pública, sin ser una limitante hoy para las personas naturales en nuestra normativa, encontramos también facilidades para participar en estos procesos para las empresas.

PARA TOMAR EN CUENTA:

Quizá no es pertinente hablar de desventajas, pero hay algunos aspectos que se deben considerar el momento de constituir una empresa:

Lo primero que llega a la mente de las personas, es la complejidad en realizar la constitución, esto por que se podría incurrir en costos para que un experto le ayude en este proceso. Sin embargo debo indicar que actualmente este proceso se podría realizar de manera electrónica por los interesados, y es relativamente sencillo.

Además del experto, “dependiendo el tipo de sociedad” se incurren en costes de notaria y registro mercantil, que podría sugerir una limitante económica, además tienen un capital social mínimo que deben pagar los accionistas.

Toda sociedad tiene la obligación de llevar contabilidad, por lo que se tendría que preverse esta operación, que también sugiere costes. Así también, existen obligaciones de declaraciones y anexos que se deben reportarse al SRI, estos deberes formales también se dan en las personas naturales pero ciertamente son en menor número.

Finalmente y de manera general, las sociedades que están bajo el control de la Superintendencia de Compañías, deben reportar sus “Estados Financieros” una vez al año; tienen que llevar el libro de acciones y participantes, realizar juntas y generar actas de las mismas.

Estos aspectos pueden convertirse en una oportunidad si lo vemos desde otra óptica, ya que contar con el apoyo de profesionales para el proceso de creación, así como tener los números claros (contabilidad) sobre los cuales se basen las decisiones, permite dar pasos firmes hacia un proceso de crecimiento, además las S.A.S. atienen algunas de estas consideraciones, y ahora lo explicamos:

Las famosísimas «S.A.S.»

Estas empresas son de naturaleza mercantil, fueron creadas con la Ley de Orgánica de Emprendimiento e Innovación (febrero de 2020), y están bajo en el control de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros.

Se plantearon como una opción para los emprendedores que deseen formalizar sus operaciones con este tipo de sociedad, que además pretende ser eficiente en cuanto a costos y tramitología. Estas empresas pueden ser conformadas por accionistas personas naturales y por personas jurídicas.

Una de las particularidades positivas de estas empresas que pueden ser de carácter unipersonal, es decir puede tener uno solo accionista, esta condición es única para estas sociedades, ya que los otros tipos de sociedades existentes exigen como mínimo dos participantes.

Este tipo de empresas no incurren en costos de notaria ni de registro mercantil, ya que se inscriben directamente en la Superintendencia de Compañías. Los costos de notaria y registro dependen del monto del capital social, pero, por poner un ejemplo en caso de una compañía limitada con el mínimo de capital  (400 según la norma) estos costes ascienden a USD 350,00 aproximadamente y USD 60,00 respectivamente. Creando una S.A.S. adiós estos valores.

Las S.A.S. se pueden constituir de manera electrónica a través de la página de la Superintendencia, sugiere un  un trámite ágil que se puede realizar desde la comodidad de la oficina u hogar del emprendedor, además por convenio de esta institución con el SRI, también se genera el RUC (Registro Único de Contribuyentes) de manera prácticamente automática, asegurando un proceso integral de registro, evitando así costos de movilización.

Además, este tipo de empresas no tiene un mínimo el capital social, en el caso de las limitadas y las anónimas el capital mínimo es de USD 400 y USD 800 respectivamente, en el caso de las S.A.S. puede ser de un (1) dólar, además este puede ser pagado hasta en 24 meses según la normativa.

Finalmente, las S.A.S. pueden transformarse en cualquier tipo de compañía, y a su vez cualquier compañía puede transformarse en una S.A.S.

Las acciones de las S.A.S. se pueden negociar libremente sin ninguna restricción, situación similar al de las compañías anónimas.

LIMITACIONES:

Podemos observar que las acciones de las S.A.S. no se pueden negociar en bolsa de valores, y las actividades que no podría realizar este tipo de empresas son las relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores y seguros.

A MANERA DE CONCLUSIÓN:

Podemos señalar que definitivamente las S.A.S. (Sociedades por Acciones Simplifiacadas)  son un caso de éxito, ya que impulsaron la creación de empresas, y con esto la formalización de los emprendedores, a través de un trámite sencillo que puede tomar apenas dos (2) días para crear la compañía electrónicamente y sin costo alguno para los usuarios.

En el Ecuador a diciembre del 2021 se han creado un total de 15.160 S.A.S. desde que se incorporó este tipo de sociedad.

En el año 2021 se crearon 15.741 compañías, de las cuales 10.848 se tratan de S.A.S., lo que representa una participación del 70% aproximadamente, es decir, de cada diez (10) empresas que se crean en el Ecuador siente (7) son S.A.S., lo que da cuenta que efectivamente este tipo de sociedad y sus bondades impulsó la formalización de muchos pequeños emprendimientos dinamizando así también la economía a través de las actividades productivas individuales.

Los números no mienten en relación a este posicionamiento de Las famosísimas «S.A.S.», dejando entrever que llegaron para quedarse en el Ecuador.

Por: Marco Peñaloza Bonilla


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