Con fecha 20 de febrero de 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000013 a través de la cual se norma la aplicación de la retención en la fuente del impuesto a la renta para la distribución de dividendos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria.

Para su aplicación, existirá una retención de valor fijo sobre una fracción básica y un porcentaje de retención sobre la fracción excedente, como se muestra a continuación:

La norma establece adicionalmente que el comprobante de retención deberá emitirse, aun cuando no existan valores a retener, a nombre de la persona natural residente fiscal en el Ecuador o del beneficiario efectivo, que por definición es quien legal, económicamente o de hecho tiene el poder de controlar la atribución del ingreso, beneficio o utilidad; así como de utilizar, disfrutar o disponer de los mismos.

 

Fuente: Para ver la resolución completa dar click en el siguiente link:

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/a226821f-3082-4fb8-a0bc-6383d873560e/NAC-DGERCGC20-00000013.pdf

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