Con fecha 13 de febrero de 2020, el Servicio de Rentas Internas emite la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000012, a través de la cual amplía el plazo para la presentación de las siguientes declaraciones:
- Para contribuyentes obligados a la declaración de IVA y de retenciones en la fuente, cuyo noveno dígito de RUC sea el 4, podrán presentar las declaraciones del mes de febrero, hasta el 17 de marzo de 2020.
- Las declaraciones de impuesto a la renta del ejercicio 2019 de las personas naturales y sucesiones indivisas, podrán declararse sin intereses ni multas de acuerdo al siguiente calendario:
- Los sujetos pasivos que deban presentar el Anexo Transaccional Simplificado de los meses de enero a septiembre del 2020, podrán presentar este anexo, sin que genere multas, y de acuerdo al noveno dígito del RUC, conforme las siguientes fechas:
- Para las personas obligadas a la presentación del anexo de gastos personales, cuyo noveno dígito de RUC sea el 1 o el 3, podrán presentar este anexo hasta el 9 de marzo de 2020, sin que se generen multas.
Fuente: Para ver la resolución completa dar click en el siguiente link:
https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/424e4f9d-aabc-4c7d-a3c5-22d40821d495/NAC-DGERCGC20-00000012.pdf