Reducción de la tarifa de IVA para actividades turísticas en feriados nacionales

El 10 de enero de 2023, el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 644 en el cual dispone la reducción de la tarifa del IVA para actividades turísticas en feriados nacionales.

La tarifa general del IVA se reducirá del 12% al 8% en la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, a favor de las personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, a nivel nacional, durante las siguientes fechas:

a) Sábado 18, domingo 19, lunes 20 y martes 21 de febrero de 2023; días correspondientes al feriado de carnaval.
b) Viernes 07, sábado 08 y domingo 09 de abril de 2023, días correspondientes al feriado por Semana Santa.
c) Jueves 02, viernes 03, sábado 04 y domingo 05 de noviembre de 2023, días correspondientes al feriado por día de los difuntos e Independencia de Cuenca.

Este Decreto Ejecutivo ya se encuentra en vigencia, por lo que su aplicación se dará en las fechas antes indicadas.

El documento completo lo puedes revisar AQUÍ 

Reducción de la tarifa del IVA para actividades turísticas en feriados nacionales


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