IMPUESTO A LA RENTASAURIO 2022

ENTENDIENDO ESTA “MARAVILLA”

En noviembre de 2021, entró en vigencia la “Ley” propuesta por el actual gobierno, en donde se realizaron varias modificaciones a los impuestos internos de los ecuatorianos.

Entre los principales cambios estaban aquellos que tenían efectos sobre el Impuesto a la Renta de las personas naturales, y esto, debido a dos modificaciones importantes: 1. El uso de los gastos personales y 2. Los cambios en los porcentajes según los ingresos de las personas, es decir, en la tabla progresiva de personas naturales.

En su momento la ciudadanía en general manifestó apoyo y reparo a los cambios que se establecieron. Sin embargo, sus verdaderos efectos se empezaron a sentir en enero de 2022, cuando, una parte de los asalariados recibió menos valor en su paga mensual, debido a la retención del Impuesto a la Renta. Este grupo de contribuyentes vieron afectada su capacidad adquisitiva durante todo el 2022. Pero existe un buen grupo de personas naturales independientes que están vislumbrando los efectos de esta reforma en este preciso momento, cuando están a puertas de liquidar el impuesto del año 2022, en este próximo mes de marzo.

Los cambios para el cálculo y pago del Impuesto a la Renta son realmente relevantes. Para un mejor entendimiento, utilizaré ejemplos de cálculos y comparaciones con lo vigente en el año 2021.

Fracción básica desgravada:

En el 2021 fue de USD 11.212,00

En el 2022 fue de USD 11.310,00

La fracción básica desgravada es el valor que no paga Impuesto a la Renta, por ende no está gravada, este valor corresponde a la utilidad de la persona natural. Es decir, si la diferencia de ingresos menos gastos es igual o menor a este valor (USD 11.310,00 en el año 2022), entonces, su Impuesto a la Renta a pagar sería de USD 0,00.

Puntualicemos este particular para las personas naturales asalariadas. Según la normativa tributaria, los dependientes únicamente pueden considerar como gasto, los aportes personales a la seguridad social y los gastos personales (vivienda, salud, alimentación, educación, vestimenta y turismo), esto lo abordaré luego con ejemplos.

Entonces, para el año 2021, las personas en relación de dependencia con ingresos nominales mensuales menores o iguales a USD 1.031,85, no tendrían que pagar Impuesto a la Renta, como queda demostrado en el siguiente ejemplo:

Ingreso anual =                        USD 12.382,20          (USD 1.031,85 x 12 meses)

(-) Gasto aporte personal =    USD   1.170,12          (9,45% Aporte personal)

Ingreso neto =                          USD 11.212,08         

Gastos personales:

Los gastos personales para el año 2021 podían alcanzar los USD 14.575,60. Este monto resulta de multiplicar el 1,3 por la fracción desgravada, es decir los 1,3 x USD 11.212.

Por otro lado, el monto de gastos personales que se podrá utilizar para el cálculo de la rebaja en el periodo 2022, es de máximo USD 5.037,55. Este valor resulta de multiplicar 7 por el monto de la canasta básica familiar, es decir 7 x USD 719,65. Sin embargo, su aplicación para determinar el Impuesto a la Renta para estos años es diferente en cada caso:

Ejemplo 2021:

Ingreso anual gravado =        USD 28.478,04          (USD 2.373,17 x 12 meses)

Gasto aporte personal =        USD   2.691,17          (9,45% aporte personal)

Gastos personales =              USD 14.575,60          (gastos personales máximo)

Ingreso neto =                        USD 11.211,27

Total a pagar =                       USD  0,0        

Interpretando los datos de manera simple, una persona en relación de dependencia con un sueldo nominal de USD 2.373,17 al mes, si utilizaba el máximo de gastos personales, no tenía que pagar Impuesto a la Renta.

Para el caso del 2022, los gastos personales en primera instancia se redujeron en monto, y su aplicación es en forma de rebaja de un 10 o 20%, una vez que se haya calculado el Impuesto a la Renta.

Ejemplo 2022:

Ingreso anual gravado =                 USD 28.478,04          (USD 2.373,17 x 12 meses)

Gasto aporte personal =                 USD   2.691,17          (9,45% Aporte Personal)

Ingreso neto =                                  USD 25.786,87

Cálculo Impuesto a la Renta =       USD   1.572.93          (Aplicado según la tabla del IR)

Rebaja gastos personales =            USD      503,76          (10% rebaja del monto máximo)

Impuesto a pagar =                          USD  1.069,17         (Con gastos de USD 5.037,55)

Una persona natural en el año 2022 descontando su aporte personal y utilizando el máximo de gastos personales permitido como rebaja pagará un monto de USD 1.069,17.

La diferencia de no pagar nada en 2021 a pagar el monto señalado en el 2022, se debe precisamente a la “Ley”, ya que redujo el monto de los gastos personales a un máximo de siete (7) canastas básicas, pero además, este valor no se resta directamente como gasto del ingreso. Los gastos personales ahora se utilizan como rebaja del impuesto directamente, el porcentaje de rebaja depende de, si la persona natural registra ingresos brutos mayores o menores a USD 24.090,30 (este monto corresponde al 2,13 veces la fracción desgravada).

Para nuestro ejemplo como el monto de ingresos brutos supera el valor señalado entonces aplica (33.649,37* > 24.090,30) entonces el valor de rebaja es el 10% de las 7 canastas básicas.

*Los USD 33.649,37 es igual al sueldo anual más décimos y más fondo de reserva.

¿Los porcentajes de rebajas revelan la capacidad contributiva?

Señalé en líneas anteriores, que las personas dependientes con ingresos mensuales de USD 2.373,17 utilizando el máximo de gastos personales no pagaban Impuesto a la Renta en el 2021, para el caso del 2022 esto ocurre con las personas que tienen un sueldo mensual de USD 1.690,37. A continuación el detalle:

Ingreso bruto* =                               USD    24.090,18

Ingreso anual gravado =                 USD    20.284,44       (USD 1.690,37 x 12 meses)

Gasto aporte personal =                 USD     1.916,88        (9,45% Aporte Personal)

Ingreso neto =                                  USD    18.367,56

Cálculo Impuesto a la Renta =       USD         557,91

Rebaja gastos personales =           USD     1.007,51        (20% rebaja del monto máximo)

Impuesto a pagar =                          USD             0,0

Aplica la rebaja del 20%, por que los ingresos brutos no superan el valor de USD 24.090,30.

Ahora veamos el ejercicio cuando la persona tiene un sueldo de USD 1.695,00:

Ingreso bruto =                                  USD    24.155,00

Ingreso anual gravado=                  USD    20.340,00       (USD 1.695,00 x 12 meses)

Gasto aportes personal =               USD     1.922,13        (9,45% Aporte Personal)

Ingreso neto =                                  USD    18.417,87

Cálculo Impuesto a la Renta =       USD         563,94

Rebaja gastos personales =           USD         503,76       (10% rebaja del monto máximo)

Impuesto a pagar =                         USD           60,19

Con un sueldo mensual de USD 1.695,00, los ingresos brutos superan los USD 24.090,30, por lo que, como se explicó la rebaja aplicable es del 10%, dando como resultado un impuesto a pagar de USD 60,19.

Si bien el Impuesto a la Renta parecería respetar los principios de progresividad como se puede observar, a medida que se incrementa el sueldo nominal del asalariado, existen incrementos exponenciales en el Impuesto a la Renta, por lo que, es pertinente analizar la capacidad contributiva al observar la diferencia porcentual entre los ingresos versus el incremento del Impuesto a la Renta en la misma tabla del 2022.

Análisis del incremento del Impuesto a la Renta:

Como he indicado, modificar la aplicación de gastos personales hizo que efectivamente existan nuevos contribuyentes para este impuesto, pero también su contribución se vió afectada por cambios importantes en la tabla de Impuesto a la Renta, con ejemplos comparativos. En primera instancia se analizarán los incrementos en relación al año 2021:

IMPUESTO A LA RENTASAURIO

Sueldo mensual IR 2021 IR 2022 Diferencia en USD Incremento en veces
1.000,000,000,000,000,00
2.000,000,00460,94460,94 461 veces +
2.200,000,00786,92786,92 787 veces +
2.400,0014,541.112,901.098,36 77 veces +
3.000,00531,212.139,241.608,04 4 veces +
3.200,00791,992.573,881.781,89 3,3 veces +
3.500,001.243,013.225,841.982,83 2,6 veces +
4.000,002.057,964.404,132.346,17 2 veces +
4.500,002.872,915.762,382.889,47 2 veces +
5.000,003.687,867.255,633.567,77 2 veces +

*En esta comparación se manejan el supuesto de que se utilizan el máximo de gastos personales permitido para el año 2021 y 2022. – (7CBF).

Las diferencias relacionadas al Impuesto a la Renta para personas naturales son exponenciales en comparación con el año 2021. Existe una nueva base de contribuyentes que van a pagar Impuesto a la Renta desde el 2022 y sin duda, la autoridad tributaria podrá cuantificar cuales son los recaudos percibidos de esta nueva base. Pero además, claramente se evidencia un incremento exponencial en los que venían pagando, quienes ahora ven reducida su capacidad adquisitiva.

Sin duda, existen elementos en el discurso público para señalar que las afecciones del pago del Impuesto a la Renta recaen sobre los que más ingresos reciben, pero la nueva base de contribuyentes, es decir, aquellos que perciben mensualmente entre USD 1.690,37 y USD 2.373,17 se evidencia que tienen una carga fiscal exponencial. Si bien este grupo de personas no están en las condiciones de aquellos que perciben un salario básico, no es menor el hecho de que han visto reducida su capacidad adquisitiva para el consumo, o en su defecto se ha trastocado su ahorro.

Análisis incremento ingresos versus incremento Impuesto a la Renta en el 2022:

Otro de los aspectos que ponemos a consideración es la comparación del incremento del ingreso en variaciones, versus lo que varía el Impuesto a la Renta en cada uno de los ejemplos:

Si una persona en relación de dependencia gana USD 2.000 al mes, el Impuesto a la Renta a liquidar en el 2022 asciende a USD 460,94. Ahora, si el ingreso asciende a USD 2.200, el Impuesto a la Renta a pagar asciende a USD 786,92. La variación del ingreso fue del 10% mientras que la variación del impuesto fue del 71%.

En este análisis se pone en manifiesto la relación incremental del Impuesto a la Renta en función del incremento del ingreso:

Sueldo Mensual IR 2022 Incremento % Ingreso Incremento % Impuesto
2.200,00786,9210%71%
2.400,001.112,909%41%
3.000,002.139,2425%92%
3.200,002.573,887%20%
3.500,003.225,849%25%
4.000,004.404,1314%37%
4.500,005.762,3813%31%
5.000,007.255,6311%26%

Para todos los casos de ejemplos de ingresos de sueldos de personas naturales, existe una relación incremental en el IR que puede ser normal por la proporcionalidad. Sin embargo, en sueldos entre USD 2.000 – USD 3.000 se observan incrementos más pronunciados.

En un contexto de resumen, las situaciones importantes para este 2022 en la aplicación de los gastos personales y liquidación del IR:

  • Los gastos personales se redujeron a la tercera parte, aproximadamente, en relación al 2021.
  • Su forma de aplicación no resta los ingresos, resta directamente el impuesto en un porcentaje del 10 o 20%.
  • Su modificación captura el pago del Impuesto a la Renta de un grupo de personas naturales en relación de dependencia que ganan entre USD 1.690,37 y USD 2.373,17 que anteriormente no pagaban.
  • De cierta manera, captar estos nuevos contribuyentes que pagan Impuesto a la Renta, es relativamente sencillo, ya que son los empleadores quienes retienen el impuesto cada mes y lo trasladan al ente de control.
  • Existe un incremento incuestionable en el pago del Impuesto a la Renta de los asalariados.

Por: Marco Peñaloza Bonilla

PN = Personas Naturales

“Ley” = Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID 19.

Ingresos brutos = Sueldos + Décimo Tercero y Cuarto + Fondo de Reserva, entre otros

7CBF = 7 canastas básicas familiares


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