El 27 de abril de 2023 el Servicio de Rentas Internas emitió una resolución, que amplía el plazo para la presentación del Anexo ROTEF (Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras).
¿Quiénes presentan el Anexo ROTEF?
1.- Bancos públicos y privados
2.- Corporaciones financieras
3.- Compañías emisoras, administradoras u operadoras de tarjetas de crédito
4.- Cooperativas de ahorro y crédito
5.- Asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda
6.- Entidades financieras extranjeras establecidas en el Ecuador
7.- Sucursales de entidades financieras extranjeras que funcionen en el país
Según la mencionada resolución, quienes estén obligados a presentar el ROTEF, por los meses completos que restan del 2023, podrán cumplir su obligación de conformidad con el siguiente calendario:
Período del ROTEL (mes) | Fecha de vencimiento (hasta) |
Marzo, abril, mayo y junio de 2023 | Mayo de 2024 conforme el noveno dígito del RUC |
Julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 | Junio de 2024 conforme el noveno dígito del RUC |
Revisa la resolución No. NAC-DGERCGC23-00000014 en el siguiente LINK.
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