Nuevo plazo para presentar el anexo de accionistas

Con fecha 30 de diciembre de 2022, el Servicio de Rentas Internas emitió una resolución, a través de la cual amplía el plazo para presentar el Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores del período fiscal 2022.

La nueva fecha de presentación será hasta el 8 de marzo de 2023.

¿Qué sucede cuando la empresa no presenta el anexo?

La presentación tardía, la falta de presentación o la presentación inexacta de la información, serán sancionadas conforme a la normativa vigente, y no exime al sujeto obligado de la presentación del Anexo, así como del pago de la tarifa del 28% de impuesto a la renta, conforme lo señala el Art.98 LORTI, y demás normativa tributaria vigente.

¿Cuál es la información que se debe presentar en el anexo?
  • Denominación, razón social o nombres y apellidos completos, según corresponda.
  • Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC), o número o código de identificación fiscal otorgado en su país de residencia. Para el caso de personas naturales, en ausencia de los anteriores, se deberá reportar el número de identificación o cédula de ciudadanía, otorgado por un organismo del Estado de donde sea residente.
  • Tipo de persona (natural o jurídica), y en el caso de ser persona jurídica extranjera no residente en el Ecuador, especificar el tipo de sociedad de que se trate y su figura jurídica.
  • País y jurisdicción de residencia fiscal.
  • Régimen Fiscal, identificando si se encuentra en un régimen general, paraíso fiscal, en un régimen fiscal preferente o jurisdicción de menor imposición.
  • Porcentaje de participación de cada uno de los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital en la composición societaria.
  • Señalamiento sobre si sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de directorio o administradores, de acuerdo a la normativa tributaria ecuatoriana vigente, son partes relacionadas del sujeto obligado.
¿Quiénes están obligados a presentar el anexo de accionistas?

Están obligados a presentar este anexo las sociedades de conformidad al Art.98 LORTI, las sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes.

En este documento además se detallan las reformas realizadas a la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000536, misma que establece las condiciones, plazos y las excepciones para informar la composición societaria, del mencionado Anexo.

Para revisar el documento completo con el nuevo plazo para presentar el anexo de accionistas, da clic en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000065 AQUÍ.

Revisa la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000536 AQUÍ.


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