En la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, se incluyeron nuevos sectores beneficiados de la exoneración del pago de impuesto a la renta por el desarrollo de inversiones nuevas y productivas, aplicables para el ejercicio económico 2020.

Estos sectores corresponden a las siguientes actividades:

  • Servicios de infraestructura hospitalaria.
  • Servicios educativos.
  • Servicios culturales y artísticos en los términos y condiciones previstos en el Reglamento.

Es importante destacar que las inversiones deben realizarse fuera de las jurisdicciones de Quito o Guayaquil.

Fuente: Para ver la reforma completa dar click en el siguiente link:

https://www.registroficial.gob.ec/index.php/registro-oficial-web/publicaciones/suplementos/item/download/11560_9a9de09e3f60f60e83f1a1f01437c7e8

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