SRI, disposiciones sobre comprobantes de venta electrónicos y ATS

 

El 27 de mayo de 2022 el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000024, a través de la cual establece disposiciones respecto a la emisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, de manera electrónica, así como de los comprobantes de retención electrónicos en la versión ATS.

A través de esta resolución, se dispone que los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta obligados a facturar que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, todavía no se encuentren obligados a emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios en la modalidad electrónica, deberán incorporar este tipo de esquema a su actividad hasta el 29 de noviembre de 2022.

Así también, los sujetos pasivos que sean calificados como agentes de retención por el Servicio de Rentas Internas, incluidos los contribuyentes especiales, deberán implementar obligatoriamente la versión ATS de comprobantes de retención, hasta el 29 de noviembre de 2022.

En el caso de los contribuyentes considerados negocios populares, la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos, será por las transacciones en las que no corresponda emitir notas de venta.

A partir del 30 de noviembre de 2022, únicamente los contribuyentes a quienes corresponda emitir notas de venta podrán solicitar autorizaciones, modificaciones o renovaciones para emisión de comprobantes a través de máquinas registradoras. Las autorizaciones de máquinas registradoras y sistemas de autoimpresores que se encuentren vigentes a la fecha señalada en esta disposición, mantendrán su vigencia hasta la respectiva fecha de caducidad.

Importante:

Se entenderá como sujetos obligados a facturar, a todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), y que deban emitir y entregar comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, según la normativa tributaria vigente.

 


Déjanos tus comentarios a continuación y resolveremos tus inquietudes.

RECUERDA:

📌 Es importante mantenernos al día, revisa nuestras noticias AQUÍ.

❓ Déjanos tus dudas en los comentarios y así generaremos más información de interés.

 

Categorías