Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, con fecha 12 de marzo de 2020 el SRI emitió la resolución No. NAC-DGCERCGC20-00000021, en la cual establece los procedimientos para que los productores de alcohol y bebidas alcohólicas, obtengan el cupo de alcohol necesario para acceder a la exención del impuesto a los consumos especiales ICE para dichos productos.

Para obtener la exención del ICE deberán cumplirse todos los requisitos establecidos en el indicado documento, pero hasta la implementación de todos los procedimientos, a partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2020 se aplicará lo indicado en la disposición transitoria primera para los bienes de producción nacional, respecto al cálculo de la participación de compras de ingredientes nacionales respecto del total de ingredientes para acceder a los porcentajes de exención, de acuerdo a la siguiente tabla:

Fuente: Para ver la resolución completa dar click en el siguiente link:

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/ae8636ab-ac13-4387-9135-94eed0c46d25/NAC-DGERCGC20-00000021.pdf

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