Todas las sociedades, sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, deberán presentar en el mes de febrero el Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores, conforme el noveno dígito de su RUC.
La información a presentar a través de este anexo, corresponderá al 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de directorio y administradores.
Importante recordar que la información a reportar corresponderá al primer nivel de composición societaria.
No están obligados a la presentación de este anexo las sucesiones indivisas, instituciones del estado, empresas públicas, misiones y organizaciones internacionales reconocidos por el estado, organizaciones del sector financiero y no financiero que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria.
Fuente: Resolución NAC-DGERCGC16-00000536
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