Nuevos plazos para presentar declaraciones de impuestos y anexos

El 13 de marzo de 2023, el Servicio de Rentas Internas emitió una resolución, a través de la cual dispuso nuevos plazos para presentar declaraciones de impuestos y anexos que tienen como fecha de vencimiento, marzo de 2023.

Las personas naturales y sucesiones indivisas pertenecientes al Régimen General, cuyo noveno dígito del RUC sea 2 y 3, podrán presentar y pagar, de ser el caso, su declaración de Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, así como los anexos y las declaraciones por otras obligaciones cuyo vencimiento sea también en marzo de 2023, sin intereses y multas en las fechas indicadas en la tabla No.1.

Así también, las sociedades sujetas al Régimen General, cuyo noveno dígito del RUC sea 2 y 3, podrán presentar y/o pagar, de ser el caso, sus declaraciones y anexos, cuyo vencimiento sea en marzo de 2023, de acuerdo con el siguiente calendario (Tabla No.1), sin que se generen multas e intereses:

Noveno dígito del RUC Fecha de vencimiento (hasta)
224 de marzo 2023
328 de marzo 2023
Tabla No. 1

Quienes pertecen al RIMPE Emprendedor y Negocios Populares, cuyo noveno dígito del RUC sea 1, 2, 5, 8 y 9, podrán declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2022, en las fechas señaladas a continuación (Tabla No. 2), sin que se generen multas e intereses. También podrán presentar las declaraciones y anexos por otras obligaciones cuyo vencimiento sea también en marzo de 2023, sin que se generen multas e intereses:

Noveno dígito del RUC Fecha de vencimiento (hasta el día)
130 de marzo 2023
231 de marzo 2023
503 de abril 2023
804 de abril 2023
905 de abril 2023
Tabla No. 2

Importante: Quienes tengan la obligación de presentar la declaración de la Contribución destinada al financiamiento de la atención integral del cáncer, cuyo vencimiento sean los días 13 y 14 de marzo, la podrán presentar y pagar hasta el 28 de marzo de 2023, sin que se generen multas e intereses.

Revisa la resolución NAC-DGERCGC23-00000008 AQUÍ.

NUEVO FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DEL IVA


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