CAMBIOS :: Devolución del IVA a turistas extranjeros

El 12 de enero de 2022, el Servicio de Rentas Internas emitió una resolución en la que modificó varios numerales referentes a la devolución del IVA a turistas extranjeros, te dejamos un listado con los cambios más importantes:

  1. Cambio en los días de estadía: Se considera como turista extranjero a aquella persona que se encuentra de visita en Ecuador y cuya estancia no supere los 90 días (antes se consideraban 180 días).
  2. Se elimina la definición de «Servicio de alojamiento turístico» puesto que este es un servicio que, a partir del diciembre de 2021, está gravado con IVA 0%.
  3. Las solicitudes de devolución del IVA a turistas extranjeros que incluyan servicios de alojamiento, deberán incluir facturas emitidas hasta noviembre de 2021.
  4. Se elimina la devolución por servicios prestados a turistas extranjeros, solo aplica para el IVA que se genera por la adquisición de bienes.

Revisa la normativa:

¿Quieres saber cómo se realiza el trámite de devolución del IVA a turistas extranjeros? accede AQUÍ


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