SRI emite reformas a regulaciones para contribuyentes
Con la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000017, el SRI reforma algunas de las regulaciones para contribuyentes con actividad de transporte terrestre.
A partir del 3 de abril de 2020, la solicitud de puntos de emisión deberá ser efectuada al correspondiente establecimiento gráfico por la operadora, de acuerdo a sus necesidades y formas de organización, a través del portal web institucional www.sri.gob.ec, antes el trámite debía realizarlo cada socio o accionista por ventanilla.
También se dispone que a partir de dicha fecha los comprobantes de venta y documentos complementarios que se emitan a través de estos puntos de emisión, deberán incluir como requisito pre impreso, una «casilla» para la identificación del vehículo a través del número de placa, cuyo registro le corresponde obligatoriamente al socio o accionista, según corresponda. Aquellos comprobantes que a la fecha se encuentren vigentes, deberán incluir el requisito de la placa de forma manual o por cualquier otra forma de impresión.
Fuente: Para ver el documento completo, puede revisar la Edición Especial Nº 479 – Registro Oficial del 3 de abril de 2020