Con fecha 16 de julio de 2020 el Servicio de Rentas Internas SRI emitió reformas a las obligaciones de la institución y de los contribuyentes sujetos al régimen de microempresas, en los siguientes términos:

  1. Respecto al plazo del SRI para resolver los pedidos de exclusión del régimen de microempresas, cambió de 30 a 120 días, estableciendo el mismo plazo que se considera para atención de reclamos, o al de la aclaración o ampliación que disponga la autoridad administrativa.
  2. Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, que cumplan las condiciones para la presentación del Anexo Transaccional Simplificado (ATS), podrán presentarlo de manera semestral, conforme el día establecido previamente, de acuerdo al noveno dígito del RUC en el mes subsiguiente al de finalización del semestre reportado. Es decir, del semestre de enero a junio lo presentarán en el mes de agosto, y para el semestre de julio a diciembre lo harán en el mes de febrero.
  3. Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas obligados a presentar el Anexo ICE, deberán efectuarlo de forma semestral, conforme el día establecido previamente, de acuerdo al noveno dígito del RUC en el mes siguiente al de finalización del semestre reportado. Es decir, del semestre de enero a junio lo presentarán en el mes de julio, y para el semestre de julio a diciembre lo harán en el mes de enero.

Como disposición transitorias se establece que los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que presenten su Anexo Transaccional Simplificado de manera semestral por el periodo enero a junio de 2020, lo harán en el mes de noviembre de 2020 de acuerdo con el noveno dígito del RUC; lo que corresponde al Anexo ICE del período de enero a junio de 2020, lo harán en el mes de diciembre.

Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y en la Gaceta Tributaria.

Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000050, reforma a las resoluciones NAC-DGERCGC20-00000011, NAC-DGERCGC12-00001 Y NAC-DGERCGC14-00202.

Para revisar la resolución completa, acceda al siguiente link:

https://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/b2c5e739-1b54-4bfd-a52d-b5470ceb69b7/NAC-DGERCGC20-00000050.pdf

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