SRI EMITE RESOLUCIÓN QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y ANEXOS TRIBUTARIOS
Esta ampliación es aplicable para impuestos administrados y/o recaudados por el SRI, y no conlleva el pago de intereses y/o multas; sin embargo, si estos valores ya fueron cancelados hasta la fecha de entrada en vigencia de este acto normativo, no generarán pagos indebidos.
Para acceder a esta resolución, haga click en el siguiente link: https:https: //www.sri.gob.ec/web/guest/doc-gaceta-tributaria
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