Con la publicación en registro oficial de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación en febrero de 2020, se encuentra en vigencia una nueva forma de asociación contemplada dentro de la Ley de Compañías y que corresponde a las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S).

Las SAS son compañías que se constituyen por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables limitadamente hasta por el monto de sus respectivos aportes, mediante trámite simplificado sin costo.

Tienen como principal objetivo el de impulsar la economía mediante la formalización de los emprendimientos, constituyéndolos en sujetos de crédito y con ello ampliar sus procesos productivos.

Los requisitos para constituir son:

  1. Contar con firma electrónica
  2. Reservar el nombre o denominación de la sociedad
  3. Contrato privado o escritura
  4. Nombramientos
  5. Petición de inscripción
  6. Copia de cédula

Para la atención virtual se encuentra disponible en la página web de la Superintendencia de Compañías, los funcionarios responsables de esta atención en la siguiente dirección:

https://portal.supercias.gob.ec/images/SAS.pdf

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